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RESOLUCION 0294/2025
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RESOLUCIÓN INTERNA N° 05/2025 — VISITAR SALUD

Habilitación de Cursos de Ingreso a Carreras de Ciencias de la Salud


VISTO:

La creciente demanda educativa y formativa en el campo de las ciencias de la salud en la región del Nordeste Argentino (NEA) y en el resto del país, particularmente en relación con la preparación de los aspirantes al ingreso a las carreras de Medicina, Enfermería, Kinesiología, Bioquímica y otras afines;

Y considerando la necesidad de ofrecer a la comunidad educativa un espacio de acompañamiento académico, científico y ético, que permita mejorar las condiciones de acceso, nivelación y permanencia de los estudiantes en dichas carreras, mediante la intervención de profesionales de enfermería especializados en docencia, ciencias biológicas y del cuidado;

Y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley Nacional de Ejercicio de la Enfermería N° 24.004, que en su artículo 3° reconoce entre las funciones propias del profesional de enfermería las de docencia e investigación, así como la Ley de Educación Nacional N° 26.206, que en su artículo 112 contempla las actividades educativas no formales como aquellas que contribuyen a la formación integral de las personas, sin otorgar títulos oficiales, pero con un valor pedagógico y social significativo;

Y considerando además que Visitar Salud, en su carácter de espacio de educación, formación y difusión científica en salud, se encuentra en condiciones de brindar servicios académicos arancelados, estructurados bajo principios de equidad, calidad, ética profesional y accesibilidad federal, tanto en formato presencial como remoto, favoreciendo la inclusión de estudiantes de todas las provincias del país;

Y entendiendo que las nuevas tecnologías y entornos virtuales permiten desarrollar procesos educativos sincrónicos y asincrónicos de calidad, siendo la plataforma Moodle de Visitar Salud el entorno oficial destinado a la administración, dictado y evaluación de los cursos ofrecidos, con seguridad, accesibilidad y seguimiento académico personalizado;

Y reconociendo la importancia de promover desde la enfermería una mirada interdisciplinaria del conocimiento en salud, fortaleciendo los vínculos entre la formación profesional, la promoción de la salud y la enseñanza de las ciencias básicas que sustentan la práctica sanitaria;


CONSIDERANDO:

Que la educación en ciencias de la salud requiere de una base sólida en biología, química, anatomía, fisiología, salud pública, bioseguridad y ética profesional, competencias que forman parte del perfil académico y científico de los enfermeros profesionales y especialistas docentes que integran Visitar Salud;

Que el acompañamiento previo al ingreso universitario resulta esencial para garantizar la igualdad de oportunidades, especialmente en estudiantes provenientes de sectores sociales y geográficos con menor acceso a recursos educativos presenciales o especializados;

Que los cursos de preparación constituyen una actividad educativa no formal, con reconocimiento social y valor académico, orientada al fortalecimiento de competencias y saberes científicos para el ingreso a carreras superiores del ámbito sanitario;

Que los servicios académicos arancelados permitirán el sostenimiento de los recursos docentes, la actualización permanente del material didáctico, el mantenimiento tecnológico de la plataforma virtual y la creación de nuevas propuestas educativas de interés público en salud y educación;

Que los aranceles serán fijos y mensuales, con posibilidad de abonar por medios digitales o transferencias bancarias, garantizando transparencia administrativa y equidad económica para los participantes;

Que toda la estructura académica y pedagógica de los cursos será implementada a través de la plataforma Moodle institucional de Visitar Salud, la cual incluirá:

  • Aulas virtuales con acceso personalizado.
  • Clases en formato sincrónico (videoclases en vivo) y asincrónico (videos grabados, foros, cuestionarios, tareas, etc.).
  • Material de lectura descargable (apuntes, presentaciones, guías de estudio y bibliografía seleccionada).
  • Evaluaciones formativas y sumativas en línea.
  • Certificados digitales emitidos por Visitar Salud, con código QR de verificación.

Que los contenidos serán elaborados por profesionales de enfermería, docentes y especialistas en ciencias de la salud, garantizando rigurosidad científica, adecuación curricular y actualización bibliográfica conforme a los programas de ingreso de las universidades públicas y privadas de la región NEA y del resto del país;

Que en todas las comunicaciones institucionales deberá incluirse el aviso legal que establece que las actividades son de carácter educativo no formal, conforme a la Ley de Educación Nacional N° 26.206 (art. 112), y que no otorgan título oficial, pero sí certificación de asistencia y aprovechamiento académico emitida por Visitar Salud;


POR TODO ELLO,

En uso de las atribuciones conferidas por la dirección académica de Visitar Salud, y en concordancia con las leyes y principios que rigen el ejercicio de la enfermería y la educación no formal en la República Argentina:


RESUELVE:

Artículo 1°: Crear el Programa de Cursos de Ingreso a Carreras de Ciencias de la Salud, destinado a estudiantes aspirantes a las carreras de Medicina, Enfermería, Kinesiología, Bioquímica y afines, en el ámbito de Visitar Salud.

Artículo 2°: Establecer que los cursos serán de carácter arancelado, con valores fijos y mensuales, determinados por la Dirección Académica de Visitar Salud conforme a las necesidades de sostenimiento educativo y tecnológico.

Artículo 3°: Disponer que los cursos se desarrollarán en modalidad virtual y remota, a través de la plataforma Moodle institucional (https://moodle.visitarsalud.com.ar o la que corresponda al dominio institucional), bajo supervisión docente y soporte técnico permanente.

Artículo 4°: Determinar que todo el material didáctico, clases, apuntes, bibliografía, evaluaciones y foros serán alojados exclusivamente en dicha plataforma, siendo de uso personal e intransferible por parte de los alumnos inscriptos.

Artículo 5°: Designar a los docentes enfermeros y profesionales de la salud que integrarán el cuerpo académico, quienes serán responsables del diseño curricular, dictado, evaluación y seguimiento de los alumnos.

Artículo 6°: Autorizar la emisión de certificados digitales de participación y aprobación, con firma digital de la dirección de Visitar Salud y sistema de validación mediante código QR.

Artículo 7°: Regístrese, comuníquese y publíquese en los medios institucionales de Visitar Salud.


📍Lugar: Corrientes, República Argentina
📅 Fecha: 23 de octubre de 2025

Enf. Carlos Alberto Arce
Director Académico – Visitar Salud

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